Objetivos Estratégicos de la Subsecretaría de Previsión Social
1. Contribuir a perfeccionar el régimen de Protección Social del país a través de proponer y coordinar acciones y políticas dirigidas a aumentar la cobertura y/o beneficios dirigidas a la población más vulnerable.
2. Difundir y promover en la población el ejercicio de sus derechos y beneficios en el ámbito de la seguridad social
3. Mejorar el acceso a las prestaciones previsionales de chilenos y chilenas que se desempeñan laboralmente fuera de Chile, a través de la elaboración y tramitación de Convenios Internacionales de Seguridad Social
4. Monitorear y establecer estándares de calidad y eficiencia en la atención de los usuarios en el Sistema de Protección Social
5. Aumentar el nivel de conocimiento y participación de los ciudadanos en el Sistema de Pensiones
6. Implementación de la Reforma al Sistema de Pensiones Ley Nº 20.255b. La Reforma Previsional y la Subsecretaria de Previsión Social: La Ley 20.255 establece la reforma previsional en nuestro país, asignando a la Subsecretaría de Previsión Social el rol de órgano de colaboración inmediata del Ministerio del Trabajo y Previsión Social , que deberá coordinar la acción de los servicios públicos de sistema previsional. En concreto, la nueva ley establece las siguientes funciones y atribuciones a la SSPS:
i. Asesorar al Ministro del Trabajo y Previsión Social en la elaboración de políticas y planes correspondientes al ámbito de la previsión social, como asimismo, en el análisis estratégico, planificación y coordinación de los planes y acciones de los servicios públicos del sector.
ii. Estudiar y proponer al Ministro del Trabajo y Previsión Social las normas y reformas legales aplicables al sector y velar por su cumplimiento.
iii. Evaluar las políticas aplicables al sector conforme a las instrucciones del Ministro del ramo.
iv. Efectuar y promover la elaboración de estudios e investigaciones en el ámbito de la previsión social.
v. Asistir al Ministro en el ámbito de las relaciones internacionales en materia de previsión social y en la participación de Chile en organismos internacionales relativos al tema.
vi. Definir y coordinar la implementación de estrategias para dar a conocer a la población el sistema de previsión social y facilitarles el ejercicio de sus derechos conforme a las políticas definidas en la materia.
vii. Promover estrategias de incorporación de los trabajadores independientes al régimen de cotizaciones obligatorias establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980.
viii. Administrar el Fondo para la Educación Previsional.
ix. Asistir administrativamente a la Comisión de Usuarios del Sistema de Pensiones.
Quienes Somos
Misión y Visión
Equipo SPS
Subsecretario Augusto Iglesias
El Sistema Previsional




